Código Procedimiento Civil Artículo 911 De la misma manera se procederá en los casos en que el tutor o el curador necesiten de la autorización judicial para algún acto en que la ley lo exija, observándose en todo, las disposiciones del Código Civil.
Código Procedimiento Civil Artículo 911 De la misma manera se procederá en los casos en que el tutor o el curador necesiten de la autorización judicial para algún acto en que la ley lo exija, observándose en todo, las disposiciones del Código Civil.