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Código Civil Artículo 1454

febrero 5, 2013

Código Civil Artículo 1454 En el caso de reversión quedan resueltas todas las enajenaciones de los bienes donados, los cuales vuelven al donante libres de toda carga e hipoteca; exceptúase solamente la hipoteca relativa a las convenciones matrimoniales, cuando los demás bienes del esposo donatario no fueren bastantes, y la donación se hubiese hecho por el mismo contrato de matrimonio de que resulte la hipoteca.

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