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Código Civil Artículo 699

febrero 5, 2013

Código Civil Artículo 699 Los árboles que crecen en el seto medianero son comunes, y cada uno de los propietarios tiene derecho a pedir que se los corte.

Los árboles que se hallen en la línea divisoria entre dos propiedades se reputan comunes, si no hay título o prueba en contrario.

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