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Código Procedimiento Civil Artículo 710

febrero 5, 2013

Código Procedimiento Civil Artículo 710 Cuando en el procedimiento ordinario se pruebe la falsedad de los fundamentos alegados por el querellante para la restitución o el amparo, se le condenará a satisfacer todos los perjuicios que por esta causa sufriere la parte contraria, inclusive las costas que ésta hubiere pagado por el interdicto.

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