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LOTTT Artículo 360

enero 24, 2013

Derecho de asociación de patronos y patronas.
LOTTT Artículo 360.

Los patronos y patronas tienen derecho de asociarse de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esta Ley, los convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por la República.

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