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LOTTT Artículo 10

enero 24, 2013

Facultad reglamentaria del Ejecutivo Nacional.
LOTTT Artículo 10.

El Ejecutivo Nacional tendrá las más amplias facultades para desarrollar las disposiciones legales en materia de trabajo, y a tal efecto podrá dictar Reglamentos, Decretos o Resoluciones especiales y limitar su alcance a determinada región o actividad del país.

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