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RLOT Artículo 45. Procedimiento conflictivo en caso de despido masivo:
Dictada la Resolución que ordene la suspensión de los efectos del despido masivo y, por tanto, la reinstalación de los trabajadores afectados o trabajadoras afectadas y pago de los salarios caídos, si el patrono o patrona persistiere en su intención de despedir podrá ejercer el procedimiento previsto en la Sección siguiente del presente Reglamento, previo acatamiento de la orden administrativa.

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