Saltar al contenido

RLOT Artículo 81

enero 24, 2013

RLOT Artículo 81. Prolongación de jornada:
No serán susceptibles de prolongación de la jornada, aquellas labores que impliquen condiciones inseguras o insalubres, a menos que se produzcan las circunstancias previstas en los artículos 202 y 203 de la Ley Orgánica del Trabajo, y en todo caso deberá darse cumplimiento a las disposiciones que regulen las condiciones y el medio ambiente de trabajo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Share This