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LOTTT Artículo 35

enero 24, 2013

Definición de trabajador o trabajadora dependiente.
LOTTT Artículo 35.

Se entiende por trabajador o trabajadora dependiente, toda persona natural que preste servicios personales en el proceso social de trabajo bajo dependencia de otra persona natural o jurídica.

La prestación de su servicio debe ser remunerado.

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