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RLOT Artículo 197

enero 24, 2013

RLOT Artículo 197. Apoyo de la fuerza pública a los efectos del referéndum:
El Inspector o Inspectora del Trabajo, si lo estimare conveniente, podrá solicitar la presencia de efectivos de la fuerza pública, a los fines de garantizar el orden del proceso y la integridad física de los y las participantes.

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