Saltar al contenido

RLOT Artículo 209

enero 24, 2013

RLOT Artículo 209. Requisito de publicidad:
La elección de los Directores y Directoras Laborales deberá ser publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela por el Ministerio del Trabajo, dentro de los quince (15) días siguientes, contados a partir de la participación realizada, conforme a lo previsto en el artículo anterior, constituyendo requisito para la toma de posesión del cargo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Share This