LOPT Artículo 182.
Para la ejecución de las sentencias y demás decisiones que legalmente se dictaren, los Tribunales del trabajo podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública.
LOPT Artículo 182.
Para la ejecución de las sentencias y demás decisiones que legalmente se dictaren, los Tribunales del trabajo podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública.