Fondo Nacional de Prestaciones Sociales.
LOTTT Artículo 147.
Mediante ley especial se determinará el régimen de creación, funcionamiento y supervisión del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales.
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LOTTT Artículo 147.
Mediante ley especial se determinará el régimen de creación, funcionamiento y supervisión del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales.