Permisos para el estudio.
LOTTT Artículo 316.
Los patronos y las patronas, podrán otorgar permisos a los trabajadores y trabajadoras que cursen estudios.
Permisos para el estudio.
LOTTT Artículo 316.
Los patronos y las patronas, podrán otorgar permisos a los trabajadores y trabajadoras que cursen estudios.