Saltar al contenido

LOTTT Artículo 522

enero 24, 2013

Principios del régimen sancionatorio.
LOTTT Artículo 522.

La sustanciación y decisión del procedimiento que dé lugar a la sanción, se efectuará en estricto resguardo de los principios de legalidad, el derecho a la defensa, racionalidad, proporcionalidad y tipicidad.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Share This