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LOTTT Artículo 536

enero 24, 2013

Infracción a las garantías a la libertad sindical.
LOTTT Artículo 536.

El patrono o patrona que viole las garantías legales de libertad sindical será sancionado o sancionada con multa no menor del equivalente a ciento veinte unidades tributarias, ni mayor del equivalente a trescientas sesenta unidades tributarias.

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