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RLOT Artículo 24

enero 24, 2013

RLOT Artículo 24. Obligaciones de las partes:
El contrato de trabajo obligará a lo expresamente pactado y a las consecuencias que de él deriven según:

a) La Ley.
b) Los convenios colectivos y los laudos arbitrales.
c) Los acuerdos colectivos.
d) Los reglamentos y prácticas internas de las empresas.
e) La costumbre.
f) El uso local.
g) La buena fe; y
h) La equidad.

Parágrafo Único: Los reglamentos internos deberán observar las normas de orden público laboral y gozar de amplia publicidad en el ámbito de la empresa con la finalidad de garantizar su conocimiento.

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