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RLOT Artículo 90

enero 24, 2013

RLOT Artículo 90. Jornada de trabajo ordinaria en día feriado:
En los casos en que la Ley permite que la jornada ordinaria de trabajo implique la prestación de servicios en días feriados, deberá cancelarse al trabajador o trabajadora la remuneración adicional por labores en un día feriado, de conformidad con el artículo 154 de la Ley Orgánica del Trabajo.

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