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LOPNNA Artículo 541

febrero 19, 2013

Artículo 541. Información
El o la adolescente investigado o investigada o detenido o detenida debe ser informado o informada de los motivos de la investigación y de la autoridad responsable de la misma, del derecho a no incriminarse y a solicitar la presencia inmediata de sus padres, representantes o responsables y su Defensor o Defensora.

 

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