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LOPNNA Artículo 672

febrero 19, 2013

Artículo 672. Financiamiento para el funcionamiento del Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes
El Estado incluirá en la Ley de Presupuesto anual, los recursos necesarios y apropiados para el funcionamiento del Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes a fin de garantizar la ejecución de las acciones, programas, proyectos y entidades de atención a nivel nacional, estadal y municipal.

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