Artículo 684. Derogatorias
Se deroga la Ley Tutelar de Menores, la Ley del Instituto Nacional del Menor, la Ley de Adopción, el Capítulo I de la Ley sobre Protección Familiar, los artículos 411. y 437. del Código Penal y los artículos 247, 248, 254, 263, 264. y el encabezamiento del artículo 404. de la Ley Orgánica del Trabajo; los artículos 191. ordinal Segundo, 192, 261, 264, 265, 278, 279, 280, 287. y 464. del Código Civil, así como todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.