Skip to content

LOPNNA Artículo 243

febrero 19, 2013

Artículo 243. Obstaculización de inspección y supervisión.
Quien obstaculice la inspección y supervisión del trabajo de niños, niñas y adolescentes, realizadas por funcionarios o funcionarias competentes, será sancionado o sancionada con multa de cien unidades tributarias (100. U.T.) a cuatrocientas unidades tributarias (400. U.T.).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *