Artículo 489-E. Contestación
Transcurridos los veinte días consecutivos establecidos en el artículo anterior, si se ha consignado el escrito de formalización, la contraparte puede, dentro de los veinte días consecutivos siguientes, consignar por escrito los argumentos que a su juicio contraigan los alegatos del o de la formalizante. Dicho escrito no puede exceder de tres folios útiles y sus vueltos.