Artículo 676. Supresión Consejos Estadales de Derechos
Se suprime y se ordena la liquidación de los Consejos Estadales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en un lapso no mayor de treinta días continuos, contados a partir de la publicación de esta Ley y sus atribuciones serán asumidas por las Direcciones Estadales de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, respectivamente.