Código de Comercio Artículo 572 Las declaraciones falsas y las reticencias fraudulentas, tanto de parte del asegurador como del asegurado, son siempre causa de nulidad que la parte de buena fe puede invocar.
Código de Comercio Artículo 572 Las declaraciones falsas y las reticencias fraudulentas, tanto de parte del asegurador como del asegurado, son siempre causa de nulidad que la parte de buena fe puede invocar.