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Código de Comercio Artículo 1004

enero 30, 2013

Código de Comercio Artículo 1004 Si el crédito fuere admitido, los síndicos estamparán sobre su título la siguiente nota, fechada y con el visto bueno del Juez. "Admitido en el pasivo de la quiebra de……………… por la suma de…………………………………………….. (fecha y firma)"

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