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Código de Comercio Artículo 255

enero 30, 2013

Código de Comercio Artículo 255 Si alguno de los accionistas declara en la asamblea que no está suficientemente instruido, puede pedir que la reunión se difiera por tres días, y si la proposición es apoyada por un número de accionistas que represente la cuarta parte del capital suscrito por los concurrentes a la reunión, quedará ésta diferida.

Si pidiere un término más largo, decidirá la mayoría que represente la mitad del capital suscrito por los concurrentes.