Skip to content
Menu
Título X De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena
Código Penal Artículo 105
enero 17, 2013
Comparte esta entrada:
Compartir en
X (Twitter)
Compartir en
Facebook
Compartir en
LinkedIn
Compartir en
Email
Compartir en
WhatsApp
Compartir en
Telegram
Artículo 105. El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal.
Comparte esta entrada:
Compartir en
X (Twitter)
Compartir en
Facebook
Compartir en
LinkedIn
Compartir en
Email
Compartir en
WhatsApp
Compartir en
Telegram