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Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal

Código Penal Artículo 32

enero 17, 2013

Artículo 32. La amonestación, o apercibimiento, es la corrección verbal que el Juez ejecutor da al penado en los términos que ordene la sentencia, extendiéndose acta de aquélla, que se publicará en el período oficial.

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