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Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal

COPP Artículo 110

enero 17, 2013

Artículo 110. Funciones
Los jueces o juezas conocerán de las fases del proceso penal según se establece en este Código.
Cuando en este Código se indica al Juez o jueza, o tribunal de control, al Juez o jueza o tribunal de juicio o al Juez o jueza o tribunal de ejecución, debe entenderse que se refiere al Juez o jueza de primera instancia en función de control, en función de juicio y en función de ejecución de sentencia, respectivamente.

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