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Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal

COPP Artículo 298

enero 17, 2013

Artículo 298. Facultad de la Víctima
Cuando él o la Fiscal del Ministerio Público haya resuelto archivar las actuaciones, la víctima, en cualquier momento, podrá dirigirse al Juez o Jueza de control solicitándole examine los fundamentos de la medida.

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