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Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal

Artículo 485. Decisión
Una vez que el Juez o Jueza de ejecución, compruebe el cumplimiento de las condiciones señaladas en el artículo anterior, procederá a emitir la decisión que corresponda.
De esta decisión se notificará al Ministerio Público.

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