Skip to content
Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal

COPP Artículo 84

enero 17, 2013

Artículo 84. Plazo
La declaratoria sobre la competencia del tribunal ante el cual se ha declinado el conocimiento de un asunto o hubiere sido requerido para ello deberá pronunciarse dentro de los dos días siguientes a la solicitud respectiva.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *