Código Civil Artículo 1512 Si el vendedor vendió de mala fe el fundo ajeno, está obligado a reembolsar al comprador de buena fe todos los gastos aún voluntarios, que este haya hecho en el fundo.
Código Civil Artículo 1512 Si el vendedor vendió de mala fe el fundo ajeno, está obligado a reembolsar al comprador de buena fe todos los gastos aún voluntarios, que este haya hecho en el fundo.