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Reglamento del Impuesto Valor Agregado Artículo 90

abril 14, 2013

Artículo 90.
A partir de la entrada en vigencia de este Reglamento, se deroga el Reglamento de la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 4.827 Extraordinario de fecha 28 de diciembre de 1994.
Dado en Caracas, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve. Año 189º de la Independencia y 140º de la Federación.

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