Skip to content

Impuesto sobre la Renta Artículo 93

abril 14, 2013

Artículo 93. Cuando conforme al Código Orgánico Tributario, la Administración Tributaria deba proceder a determinar de oficio el impuesto sobre base presunta utilizando indicios y presunciones, se tomarán en cuenta, entre otros elementos, los siguientes:

1. Volumen de las transacciones efectuadas en el ejercicio o ejercicios gravables.
2. Capital invertido.
3. Préstamos, consumos y otras cargas financieras.
4. Incrementos patrimoniales fiscalmente injustificados.
5. Rendimiento de empresas similares.
6. Utilidades de otros períodos.
7. Modo de vida del contribuyente, cuando se trate de personas naturales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *