Skip to content

Reglamento de Impuesto sobre la Renta Artículo 20

abril 14, 2013

Artículo 20. Se entenderá que una sociedad cooperativa opera bajo las condiciones fijadas por el Ejecutivo Nacional, cuando cumpla con las formalidades y requisitos establecidos en las leyes o reglamentos para su ejercicio.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *