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Reglamento de Impuesto sobre la Renta Artículo 42

abril 14, 2013

Artículo 42. El costo de los servicios prestados a que se refiere el artículo 21 de la Ley, estará representado por el monto de todos aquellos egresos aplicables al ejercicio que, de manera directa, sean necesarios para su prestación.

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