Requisitos y procedimiento del Auxilio Judicial previsto en el Art. 402 del COPP
Sala Constitucional – Magistrado Ponente: Jesus Eduardo Cabrera Romero, Exp N° 04-1515«…La figura del “auxilio judicial” consagrada en el artículo 402 del Código Orgánico Procesal Penal, confiere a la víctima que pretenda constituirse en acusador privado para ejercer la acción penal derivada de los delitos dependientes de acusación o instancia de parte agraviada, la potestad …
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