Documentos firmados por contratistas y contratantes son documentos privados

tsj.gov.ve
Mayo 2009

«…En relación con los documentos indicados en los puntos 1 al 10, debe señalarse que esta Sala, en distintas oportunidades, ha establecido que “estos instrumentos son simples documentos que requieren para su formación, la concurrencia de dos voluntades, la de la contratista y la del contratante.

Así, no obstante la naturaleza evidentemente pública de la parte accionante, los mismos, producidos todos en virtud de un contrato celebrado con un particular, son netamente consensuales y, por ende, debe otorgárseles, en principio, el carácter de documentos privados tenidos como reconocidos”. (Ver sentencia N° 01748 del 11 de julio de 2006)…»

 

 

Fecha: 20/05/2009
Sala Político Administrativa – Exp N° 2002-0288:
Ver Sentencia: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/Mayo/00624-20509-2009-2002-0288.html