Las elecciones como un procedimiento administrativo complejo

TSJ.GOV.VE
Sentencia Nº 114 de Sala Electoral, Expediente Nº 0090 de fecha 02/10/2000
Caso
: LIBORIO GUARULLA 

Tema: Elecciones; Materia: Derecho Electoral, 
Definición de las elecciones como un procediento administrativo complejo. Posibilidad de impugnar todo el proceso o actos específicos

Resumen:  En relación con esta solicitud del recurrente la Sala reitera que las elecciones constituyen un procedimiento administrativo complejo, integrado por fases, la mayoría de ellas preclusivas, que se inicia con la de convocatoria y termina con la de proclamación de los candidatos vencedores. En virtud de esa complejidad es posible impugnar en sede administrativa y jurisdiccional, de ser el caso, determinados actos emanados de la Administración Electoral aun antes de que ésta emane el proveimiento definitivo (proclamación), como ocurre con la admisión o el rechazo de un candidato postulado, y el rechazo o la inscripción de una persona en el Registro Electoral, pero lo natural es que el proceso electoral únicamente pueda ser impugnado, al igual que ocurre con el resto de los procedimientos administrativos, cuando el órgano competente emana el acto de proclamación, pudiendo recaer dicha impugnación, conforme a la regulación contenida en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, en fases específicas de dicho procedimiento, votación, escrutinio y totalización.

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http://www.tsj.gov.ve/decisiones/selec/Octubre/114-021000-0090.htm