Skip to content

Tiempo de servicio que debe tomarse en cuenta para el cálculo de prestaciones a trabajadores extranjeros

14 de octubre de 2001

19/09/2001 El tiempo de servicio que debe tomarse en cuenta para el cálculo, por concepto de prestaciones sociales, a trabajadores extranjeros que hayan sido contratados en el exterior y posteriormente trasladados a Venezuela, es el efectivamente prestado en Territorio Nacional.

Nueva Doctrina. Sentencia Nº 223, Expediente 01176.


http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scs/Septiembre/c223-190901-01176.htm