Gaceta Oficial Nº 38.921 del 30 de abril de 2008 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Acuerdo con motivo de conmemorarse el 1° de mayo, Día del Trabajador Considerando Que el 1° de mayo de 1886, Albert Parsons dirigió una manifestación de 80.000 trabajadores a través de las calles de Chicago en contra de la jornada laboral establecida de 12 y 16 horas, exigiendo su reducción a 8 horas diarias; Considerando Que el 1° de mayo de 1889 quedó instituido el Día Internacional del Trabajador en la calles de Prele, durante el Congreso Obrero Socialista de la Segunda Internacional; Considerando Que el 1º de mayo de 2008 se conmemoran 122 años de la gesta de Chicago, por la conquista de la jornada laboral de ocho horas; Considerando Que la historia venezolana y latinoamericana cuenta por miles la matanza de dirigentes laborales, en la lucha por justas reivindicaciones y la defensa de sus conquistas; Considerando Que la lucha por la jornada de ocho horas sigue vigente, tanto por la defensa de la misma como por la exigencia de su reducción, siendo amenazada o violentada por la aplicación de planes neoliberales en gran parte del mundo, que flexibilizan la jornada y otras condiciones de trabajo; Considerando Que el Estado venezolano ha desarrollado políticas, planes, leyes y decretos que persiguen revertir la pérdida de pospuestos de trabajo, la disminución del poder adquisitivo y las condiciones precarias de los trabajadores; de igual manera, procuran la mejora sustancial en la seguridad social; Considerando Que el papel protagónico de los trabajadores y trabajadoras venezolanos en el proceso revolucionario, ha sido fundamental para la defensa de las empresas estratégicas y se ha evidenciado a través de logros laborales obtenidos en PDVSA, Electricidad de Caracas, CANTVE, SIDOR, C.A. y Cooperativas Agroalimentarias, e impulsados por las organizaciones sindicales que presentan la masa trabajadora de nuestra Patria Socialista; Considerando Que el proceso Revolucionario Bolivariano transita por un momento histórico-político, en el cual los trabajadores y trabajadoras y sus organizaciones sindicales deben incorporarse, con sus mejores aportes, a la revisión, ratificación y reimpulso que implica el refortalecimiento y la unión de la clase trabajadora venezolana. ACUERDA PRIMERO: Acompañar a los trabajadores y trabajadoras de las ciudades y el campo en las actividades que están convocando las organizaciones sindicales, en conmemoración del 1° de mayo de 2008. SEGUNDO: Resaltar las iniciativas sindicales que plantean conmemorar el 1° de mayo por la construcción de una Venezuela socialista, protagónica, participativa, multipolar y de todos los venezolanos. TERCERO: Reconocer y felicitar el carácter patriótico, democrático y revolucionario de las trabajadoras y los trabajadores venezolanos. CUARTO: Condenar las prácticas imperialistas de explotación laboral, así como la aplicación de planes neoliberales que se pretenden imponer en gran parte del mundo. QUINTO: Dar publicidad al presente Acuerdo. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil ocho. Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación. CILIA FLORES Presidenta de la Asamblea Nacional SAÚL ORTEGA CAMPOS Primer Vicepresidente JOSÉ ALBORNOZ URBANO Segundo Vicepresidente IVÁN ZERPA GUERRERO Secretario de la Asamblea Nacional Decreto 2.065 Pág. 10 ![]() | ![]() |