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Acuerdo para la defensa del Territorio de la Guayana Esequiba y la Soberanía Territorial

10 de abril de 2024

Acuerdo para la defensa del Territorio de la Guayana Esequiba y la Soberanía Territorial

Gaceta Oficial Nº 42.609 del 14 de abril de 2023

ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ACUERDO PARA LA DEFENSA DEL TERRITORIO DE LA GUAYANA ESEQUIBA Y LA SOBERANIA TERRITORIAL

CONSIDERANDO

Que la Corte Internacional de Justicia emitió una sentencia incidental de trascendencia histórica este 06 de abril del 2023, donde se pronunció sobre las objeciones preliminares presentadas por la República Bolivariana de Venezuela contra la demanda unilateral de la República Cooperativa de Guyana con relación a la validez del Laudo Arbitral nulo e irrito del 3 de octubre de 1899;

CONSIDERANDO

Que la República Bolivariana de Venezuela a lo largo de su trayectoria histórica es la primera vez que asiste a la Corte Internacional de Justicia en defensa de su soberanía e integridad territorial, referida al espacio geográfico nuestro de la Guayana Esequiba, demostrando invariablemente, con pruebas y documentación fehaciente, rigurosa y suficiente, los mecanismos fraudulentos que se utilizaron por parte del Reino Unido de la Gran Bretaña para arrebatar y despojar a la Patria venezolana de su territorio;

CONSIDERANDO

Que la República Bolivariana de Venezuela toma en cuenta que la sentencia incidental de la Corte Internacional de Justicia valida los argumentos de reconocer; y, especialmente, revisar la conducta ilícita y fraudulenta del Reino Unido de la Gran Bretaña, dejando clara la existencia y vigencia del Acuerdo de Ginebra de 1966, como único instrumento válido para dirimir esta controversia territorial, quedando inequívocamente claro que Venezuela no ha reconocido el mecanismo judicial como medio de resolución de la mencionada controversia dado que excluye la naturaleza y objeto del Acuerdo de Ginebra de 1966.

ACUERDA

PRIMERO. Respaldar las políticas, planes y programas emprendidas por el Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros para la defensa del territorio Esequibo, en el marco de la política internacional de paz, el desarrollo y consolidación de nuestra soberanía e independencia con criterios firmemente patrióticos, republicanos y democráticos.

SEGUNDO. Considerar la validación de los argumentos emitidos por la República Bolivariana de Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia al reconocer el poder de revisar la conducta ilícita y fraudulenta del Reino Unido de Gran Bretaña y dejar en evidencia la existencia y vigencia del Acuerdo de Ginebra de 1966 cómo único instrumento válido para dirimir esta controversia territorial.

TERCERO. Respaldar a la comisión de juristas que trabajan en la defensa de los intereses legítimos de la República Bolivariana de Venezuela en esta contención, coordinados por el Poder Ejecutivo.

CUARTO. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los trece días del mes de abril de dos mil veintitrés. Años 212° de la Independencia, 164° de la Federación y 24° de la Revolución Bolivariana.

JORGE RODRÍGUEZ GÓMEZ

Presidente de la Asamblea Nacional

PEDRO INFANTE APARICIO

Primer Vicepresidente

AMÉRICA PÉREZ DÁVILA

Segunda Vicepresidenta

ROSALBA GIL PACHECO

Secretaria

MARÍA ALEJANDRA HERNÁNDEZ

Subsecretaria

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