Skip to content
Leyes de Venezuela 2026  Tu Gaceta Oficial .com

Decreto de Creación de las Regiones Estrategicas de Defensa Integral: Gaceta 39016: 2008 – Texto

4 de octubre de 2008

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Numero 39.016, lunes 15 de septiembre de 2008

Decreto N° 6.417

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

13 de septiembre de 2008

HUGO CHAVEZ FRIAS

Presidente de la Republica

En ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 5 y 6 del articulo 236 de la Constitudon de la Repùblica Bolivariana de Venezuela. en concordanda con el articulo 322 ejusdem. y de conformidad con 10 establecido en el articulo 23 del Decreto con Rango. Valor y Fuerza de Lev Organica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana,

CONSIDERANDO

Que la Seguridad de la Naciòn es competenda esencial y responsabilidad del Estado para dar cumplimiento a los

principios de independencia, democracia, igualdad, paz, Iibertad, justicia, solidaridad, promociòn y afirmaciòn de los

derechos humanos.

CONSIDERANDO

Que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley orgànica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana establece la creaciòn de las Regiones Estrategicas de Defensa Integral para planificar, conducir y ejecutar operaciones de defensa integral a fin de garantizar la independencia, la soberania, la seguridad, integridad del espacio geografico y el desarrollo nacional» asi como la existencia de un mayor y mejor control sobre un area geografica determinada.

DECRETA

Articulo 10. Se designan las Regiones Estrategicas de Defensa

Integral que se mencionan a continuacion:

REGION OCCIDENTAL: conformada por los estados Falcon. Lara. Zulia, Trujillo, Tachira y Merida.

REGION LOS LLANOS: conformada por los estados Cojedes, portuguesa, Barinas. Guarico y Apure.

REGION ORIENTAL: conformada por los estados Anzoategui. Monagas, Nueva Esparta y Sucre.

REGION GUAYANA: conformada por los estados Delta Amacuro. Bolivar y Amazonas.

REGION CENTRAL: conformada por los estados Miranda, Vargas, Aragua, Carabobo. Yaracuy y el

Distrito Metropolitano de Caracas.

Articulo 20. Se designan como Jefes de cada Region Estrategica de Defensa Integral, a los ciudadanos que se

mencionan a continuacion:

REGION OCCIDENTAL: MAYOR GENERAL (GNB) LUIS MOTTA DOMINGUEZ C.I. NO 4.423.539

REGION LOS LLANOS: MAYOR GENERAL (AVMB) JORGE AREVALO OROPEZA PERNALETE CI NO 5.323.370

REGION ORIENTAL: ALMIRANTE (ARMB) PEDRO JOSE GONZALEZ DIAZ, CI NO 4.257.741

REGION GUAYANA: MAYOR GENERAL (EJNB) FEUX ANTONIO VELASQUEZ CI NO 5.216.292

REGION CENTRAL: MAYOR GENERAL (EJNB) JUAN VICENTE PAREDES TORREALBA CI NO 5.219.035

Articulo 3°. EI Ministro del Poder Popular para la Defensa queda encargado de la ejecucion del presente Decreto.

Ejecutese,

(L.S.)

Articulo 4°. EI presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia 13 de septiembre de 2008.

Dado en caracas, a los trece dias del mes de septiembre de dos mil Ocho. Afios 1980 de la lndependencia, 1490 de la Federacion y 10 de la Revolucion Bolivariana.

  • Curso Avanzado de Inteligencia Artificial Para Abogados 18,5 Horas académicas El curso se estructura en módulos temáticos que abarcan desde los fundamentos de la IA hasta su aplicación en casos jurídicos específicos: Módulo 1: Introducción a la Inteligencia Artificial Conceptos básicos de IA y su evolución. Historia de la IA en el ámbito jurídico. Módulo […]
WhatsApp Unirse green

Telegram Suscribirse blue

Share This