Gaceta Oficial 1498 del 22 Diciembre 1971
SUMARIO
MINISTERIO DE HACIENDA
Resolución por la cual se fija, con sus respectivas instrucciones, la Tabla que deberán aplicar para la retención del impuesto en el acto del pago o abono en cuenta, los deudores o pagadores de sueldos, salarios, emolumentos, dietas, gastos de representación, pensiones, obvenciones y demás remuneraciones similares, distintas de los viáticos, previstas en el ordinal 1º del artículo 44 de la Ley de Impuesto sobre la Renta. T.A.