Sentencia vinculante de la Sala Constitucional del TSJ: Desaplicación del Art 213 de la Ley de Instituciones del Séctor Bancario

Tsj.gov.ve, Mayo 2011
Jurisprudencia sobre desaplicación, por control difuso, del art 213 de la Ley de Instituciones del Séctor Bancario

«…3.- Del contenido y alcance del tipo penal en el artículo 213 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario (G.O. Nº 6.015 extraordinario, del 28 de diciembre de 2010).

Conforme a lo ya señalado, corresponde a esta Sala determinar si del contenido del artículo 213 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario (G.O. Nº 6.015 extraordinario, del 28 de diciembre de 2010), puede derivarse una despenalización de la conducta delictiva calificada como  apropiación o distracción de recursos, que afectaría el curso del presente proceso.

 

A tales fines, esta Sala advierte que la apropiación o distracción como nomen iuris en el derecho penal económico, se inscribe en el marco de lo que en el derecho penal general se ha regulado bajo la calificación de apropiación indebida calificada, por lo que partiendo de este tipo penal general, se abordará el contenido particular de la apropiación o distracción de recursos en el sector bancario.