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Acuerdo con motivo del Día Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

30 de mayo de 2023

Acuerdo con motivo del Día Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

Acuerdo con motivo del Día Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja
Acuerdo con motivo del Día Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja 4

Gaceta Oficial No. 42.629 del 16 de mayo de 2023

ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ACUERDO CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA

CONSIDERANDO

Que, el día 8 de mayo se celebra el día internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja como fecha que rememora la historia, los principios y la trayectoria global del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, como organización que promueve el apoyo humanitario a nivel mundial, especialmente a los sectores con mayor vulnerabilidad;

CONSIDERANDO

Que, desde su fundación en el año 1895 la Sociedad Venezolana de la Cruz Roja presta su apoyo y acompañamiento a la población y a las instituciones de la República Bolivariana de Venezuela a través de su red de seccionales, de conformidad con los principios de humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad; sirviendo como cuerpo auxiliar referente a temas humanitarios frente a la pandemia del Covid-19 y demás emergencias sanitarias en todo el territorio nacional;

CONSIDERANDO

Que, al igual que la Sociedad Venezolana de la Cruz Roja, tanto el Comité Internacional de la Cruz Roja, como la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja tienen presencia en el territorio nacional y mantienen relaciones formales con el Estado venezolano, ajustadas a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y los acuerdos internacionales firmados y ratificados por la República.

ACUERDA

PRIMERO. Felicitar junto al Pueblo venezolano el Día Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, reconociendo la trascendencia y la importancia de su rol histórico en apoyar a las personas más vulnerables, actuando bajo los principios de humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad.

SEGUNDO. Fortalecer las relaciones de cooperación entre la Asamblea Nacional y los componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, para el desarrollo de planes y programas de trabajo, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, acuerdos y convenios ratificados por la República.

TERCERO. Publicar el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo.

Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil veintitrés. Años 213° de la Independencia, 164°de la Federación y 24° de la Revolución Bolivariana.

JORGE RODRÌGUEZ GÒMEZ

Presidente de la Asamblea Nacional

PEDRO INFANTE APARICIO

Primer Vicepresidente

AMÉRICA PÉREZ DÁVILA

Segunda Vicepresidenta

ROSALBA GIL PACHECO

Secretaria

MARÍA ALEJANDRA HERNÁNDEZ

Subsecretaria

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