Gaceta Oficial 1431 del 10 Septiembre 1970
SUMARIO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto Nº 374, por el cual los productos originarios y procedentes de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú y Uruguay, comprendidos en la Lista Nacional inserta en el artículo 3º de este Decreto, causarán las cuotas arancelarias y quedarán sujetos a las restricciones cuantitativas señaladas en dicha Lista en la forma que en él se expresa. T.A.