Deben ser declaradas inadmisibles las reconvenciones que no introduzcan nuevos hechos

tsj.gov.ve
«…la reconvención planteada como un rechazo puro y simple de los términos de la demanda, y que no introduzca hechos nuevos al debate, se torna en inoperante e inadmisible, pues tales omisiones impiden el ejercicio del derecho a la defensa del actor reconvenido en el proceso principal, toda vez que el mismo quedará privado de elementos para dar contestación a la mutua petición, en virtud de la carencia de fundamentos y señalamientos precisos en los que se sostenga la mutua petición….»

Ficha:
Sala Constitucional
Exp N° 08-0638:
Sentencia N° 1722
Magistrada Dra. Carmen Zuleta de Merchán
Enlace:  http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Diciembre/1722-101209-2009-08-0638.html